Bien está la apertura a la sociedad… ¡y también la transparencia! ¿Cómo pretender una sociedad mejor sin serlo antes cada uno de nosotros? Un Notariado ejemplar, una necesidad sentida que venimos postulando (más aquí)

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El presidente del Consejo General del Notariado, José Manuel García Collantes, ha contestado las preguntas de los lectores en el chat de ABC.es

 

9 de Abril de 2014

 

Son muchas las dudas que surgen a la hora de hacer una compra venta de vivienda, montar una empresa, recibir una herencia o elegir -a la hora de casarse- entre régimen de gananciales o separación de bienes. José Manuel García Collantes, presidente del Consejo General del Notariado ha respondido a las preguntas de los lectores en el chat de ABC.es sobre estas y otras cuestiones.

 

– ¿Cuánto puede costar escriturar una vivienda de 230.000 euros?
– Los honorarios notariales están alrededor de 700 euros. Están fijados por decreto del gobierno y son iguales para todos los notarios de España. A esto hay que añadir el impuesto de transmisiones patrimoniales (que se paga a la Comunidad autónoma en la se encuentre el inmueble si se trata de venta de segunda mano) o el IVA si se trata de primera transmisión. También hay que añadir los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad. Estas últimas cantidades no son honorarios notariales.

 

– ¿Qué tengo que hacer para casarme en régimen de separación de bienes?
– Acudir al notario de tu elección y pedirle que te prepare una escritura de capitulaciones matrimoniales. De todas formas si vives en Cataluña, Valencia o Baleares no tendrás que hacer, en principio, absolutamente nada pues la separación de bienes es el régimen que se aplica directamente. Puedes consultar al notario que no te cobrará nada por la consulta pues en casos como éste existen siempre particularidades que hay que contemplar. Tienes un localizador de notarios en www.notariado.org

 

– Quiero montar una empresa conmigo como único empleado ¿qué es lo que tengo que hacer?
– Puedes ser autónomo o crear una sociedad unipersonal. Si lo haces como autónomo respondes con todos tus bienes de las deudas de la empresa. Por eso es aconsejable crear una sociedad y solo responderás con los bienes que pongas a nombre de la sociedad. Un notario puede hacer los trámites necesarios para constituir esa sociedad: pedir el nombre que le quieras poner , hacer la escritura, redactar los estatutos, obtener el NIF, presentar la escritura a Hacienda y al registro mercantil. Si quieres todos estos trámites se pueden hacer telemáticamente menos la firma de la escritura pública. Acude al notario de tu libre elección. Te informará sin compromiso.

 

– El sueldo de los notarios, ¿va en función del tema que tengan que tratar?
– El arancel de los notarios está en función del tipo del documento que tenga que realizar. Son los mismos para todos los notarios de España, fijos y establecidos por decreto del Ministerio de Justicia. Los tienes en el B.O.E. y en la página www.notariado.org en la sección «El notario/¿cuánto cuesta?»

 

Fuente: ABC.es

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