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La Comisión de Justicia del Congreso, con competencia legislativa plena, ha aprobado el Proyecto de Ley de la Jurisdicción Voluntaria. Votaron en contra el PSOE, UPyD e Izquierda Plural. Se abstuvieron CiU y PNV. Ahora el proyecto pasará al Senado. Si éste modifica algo, el texto volverá entonces al Congreso para que decida en Pleno si ratifica o no tales modificaciones. 
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La Ley prevé su entrada en vigor el 15 de julio de 2015. Por excepción, las subastas voluntarias celebradas por los Secretarios judiciales y las subastas notariales entrarán en vigor cuando lo haga la Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (ver aquí).
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Al  Proyecto LJV hemos venido dedicando numerosas entradas. Aparte comentarios de concretas materias, estimamos que esta ley está llamada a modificar sustancialmente la forma de proceder del Notariado (más aquí).
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  • El proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria ha tenido 23 votos a favor, todos del PP

  • Ha recibido 15 votos en contra y dos abstenciones, de CiU y del PNV

  • El matrimonio por el rito ortodoxo, budista, mormón y testigos de Jehová tendrá efecto civil

 

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EFE Madrid | 

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El Congreso ha dado hoy luz verde al proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria que permite a los notarios y a los secretarios judiciales la tramitación de bodas y divorcios y eleva la edad mínima para casarse de 14 a 16 años.

Con 23 votos a favor, todos del PP, 15 en contra y 2 abstenciones (CiU y PNV) la Comisión de Justicia ha aprobado el texto, con competencia legislativa plena, que incorpora un centenar de las 451 enmiendas al articulado, la mayoría de ellas de los populares, y que ahora pasa al Senado.

El texto abre las puertas a que los notarios puedan, previo pago de una cantidad, casar o divorciar, en este último caso la condición de que sean de mutuo acuerdo y sin que haya ni menores a cargo ni personas con discapacidad en el proceso.

Además, gracias a una enmienda del PP se amplía también esta posibilidad a los secretarios judiciales, que podrán hacer ambos trámites de forma gratuita.

De esta forma serán competentes para celebrar el matrimonio el alcalde del municipio o concejal en quien éste delegue, el notario, el secretario judicial, el encargado del Registro Civil así como el funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero.

A partir de ahora, la edad mínima para contraer matrimonio serán los 16 años, la misma que la de consentimiento sexual, de forma que se elimina la posibilidad de que un joven pueda emanciparse a los 14 por casarse, como ocurría hasta ahora.

En líneas generales, la norma trata de liberar a los jueces de tareas que no son estrictamente jurisdiccionales en las que no haya litigio entre partes, con el fin de descongestionar la Administración de Justicia, para que determinados asuntos sean resueltos por otros operadores como notarios, registradores y secretarios judiciales.

Así, por ejemplo, un ciudadano podrá optar por casarse de forma gratuita ante un secretario judicial o acudir a un notario mediante pago, en caso de que prefiera ganar tiempo en la tramitación de su expediente de matrimonio.

Entre otras novedades, la nueva ley permitirá celebrar a los jueces de paz actos de conciliación cuando la cantidad no supere los 6.000 euros, y establece la necesidad de que abogados y procuradores estén presentes en aquellos asuntos en que exista controversia entre las partes.
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Reconocimiento civil

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Además, la ley introduce el reconocimiento de efectos civiles de los matrimonios celebrados por los ritos budista, mormón, ortodoxo y de los testigos de Jehová, que se unen así a la católica, musulmana y judía.

La Jurisdicción Voluntaria será de aplicación en algunas materias del orden civil y mercantil, ya que el juez resolverá los expedientes en materia de personas y familia, como los derechos de menores o las donaciones de órganos, al tiempo que se ocupará también a varios asuntos en materia mercantil y de derecho sucesorio.

En el debate parlamentario, todos los grupos han defendido la necesidad de regular la jurisdicción voluntaria en el ordenamiento jurídico, si bien la oposición ha denunciado la «excesiva» atribución de funciones a registradores y notarios, así como las «numerosas autoenmiendas» del PP que han creado un «texto nuevo».

Ante las críticas, la diputada popular Beatriz Escudero ha reconocido los cambios introducidos por los populares, pero los ha atribuido al relevo en el Ministerio de Justicia que ha querido «dejar su impronta» y por la multitud de normas a las que afecta esta nueva ley.

Sin embargo, el socialista Gabriel Echávarri ha denunciado que el texto supone un «fraude de ley», ya que los populares han enmendado la mayoría de su propio articulado, al tiempo que ha señalado que la reforma «privatiza» la Jurisdicción Voluntaria por «beneficiar a notarios y registradores».

Más crítico ha sido que Gaspar Llamazares (Izquierda Plural) que ha señalado que la norma responde a «una opción política concreta y no al interés general» y ha advertido de que «no debería llevarse a cabo sin la redefinición de notarios y registradores como funcionarios públicos».

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Fuente: elmundo.es

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