.juramento-mba-300x200
En sesión plenaria del Consejo General del Notariado celebrada el día 26 de abril de 2014 resultó aprobado el nuevo Código de deontología notarial. En su elaboración se tuvo en cuenta la experiencia internacional de otros notariados cercanos, así como el Código Europeo de Deontología Notarial de la Conferencia de los Notariados de la Unión Europea (CNUE).
.

Además de venir destinado a alcanzar un mayor y mejor conocimiento del ejercicio de la función notarial por parte de los ciudadanos, facilitándole así los derechos que les corresponden a la hora de requerir la prestación del servicio notarial, el nuevo Código unifica y sistematiza un conjunto de normas que sin duda serán objeto de consideración a a la hora de ejercer sus responsabilidades de control disciplinario de los Notarios.

Por una u otra razón se recomienda su atenta lectura. A título de ejemplo, de entre sus normas entresacamos las dos que siguen:

I. a.- Del Carácter obligatorio de la prestación de la función notarial. Ámbito… El Notario habrá de proceder a la redacción y a la autorización del documento, conforme a la voluntad  común de los otorgantes, previamente informados mediante su asesoramiento equilibrador, como contenido natural de su función, sin que pueda exigir la previa elaboración de aquél o la presentación de una minuta. La autoría del documento permitirá al Notario crear la regla o diseño negocial más adecuado y favorable para la consecución de la finalidad pretendida y, en su caso, para lograr la reglamentación contractual más equitativa entre las partes; por ello salvo que éstas aporten un predeterminado contenido contractual, el Notario está obligado a elaborarlo.

II.a.- De la obligada imparcialidad y apariencia de imparcialidad… deberá evitar el Notario autorizar instrumentos públicos en circunstancias o en lugares tales que su intervención pueda generar la percepción de falta de imparcialidad. Especialmente cuidará este deber cuando se trate de la autorización de documentos redactados en base a condiciones generales de la contratación, y en otorgamientos numerosos o masivos, particularmente cuando tuvieren lugar fuera de su despacho, en centros o dependencias del predisponente.  

 

P. Fumero | S/C de Tenerife 5/mar/15 

 

Hoy comienza la séptima edición de las VII Jornadas Notariales, que tienen ámbito nacional y que se desarrollan en Guía de Isora hasta el próximo domingo. El encuentro servirá, principalmente, para analizar aspectos como la independencia e imparcialidad notarial, la obligatoriedad en la prestación del servicio público, el derecho a la libre elección del notario por el ciudadano, la defensa del consumidor o la aplicación de las nuevas tecnologías para un mejor servicio a la sociedad.

El foro, organizado por el Colegio Notarial de Canarias, abordará la función notarial a la luz del nuevo Código Deontológico.

En el encuentro se darán cita más de un centenar de notarios de toda España. Entre otros participarán el presidente del Consejo General del Notariado, José Manuel García Collantes, y Alfonso Cavallé Cruz, decano del órgano promotor de la iniciativa.

Cavallé aseguró ayer que el mayor riesgo para un notario es perder la reputación y la confianza de los ciudadanos en el campo de la «seguridad preventiva».

Alfonso Cavallé manifestó que, en el ámbito de los contratos con bancos y entidades de crédito, los notarios han tenido las manos atadas para poder establecer límites ante las condiciones abusivas de determinadas operaciones.

En ese ámbito, Cavallé explica que los notarios «reclamamos que nos den mayores facultades para garantizar la seguridad preventiva en estos casos».

El presidente del Colegio Notarial de Canarias explica que los ciudadanos deben saber que, por ejemplo, un particular, cuando va a adquirir una vivienda, otra propiedad inmobiliaria o pedir un préstamo, tiene derecho a elegir el notario que dará validez a la operación. Este derecho es irrenunciable y corresponde al consumidor, sin que pueda imponerlo el banco o un empresario.

Cavallé señala que, además, un consumidor, cuando pide un préstamo, tiene derecho a acudir hasta tres días antes a consultar los borradores del contrato con entidades financieras, con el objetivo de poder analizarlo con tranquilidad y en profundidad.

Y es que, el mismo día y hora que se firma el contrato, «ya poco margen de maniobra hay«, en palabras del propio Cavallé.

Opina que, en determinados casos, los ciudadanos tienen derechos, pero no los conocen, por lo que no los ejercitan. Por eso cree que debe aumentar la información a la ciudadanía.

Este notario comenta que en las Jornadas, que se llevarán a cabo en el hotel Abama, se hará «una autoevaluación ética sobre lo que hacemos bien y mal», para mejorar, así como la necesidad de fomentar algunas mejoras legislativas.

.

 Fuente: eldia.es
Next Post

Login to your account below

Fill the forms bellow to register

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.