La Comisión Europea cree que los servicios notariales relacionados con los servicios financieros, como concesiones de préstamos o compra venta de acciones, deben incluir IVA. Hasta ahora no ha sido así.

 

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MADRID/BRUSELAS, 25 DE OCTUBRE DE 2012 –  M. Roig / C. García-León

 

La Comisión Europea ha dado un ultimátum de dos meses a España para que obligue a los notarios a aplicar el IVAen las operaciones relacionadas con servicios financieros, como puede ser la concesión de préstamos personales o la compraventa de acciones.

“Pedimos a España que cambie su legislación en dos meses para alinearla con la ley comunitaria. Si no lo hace, la Comisión Europea podría llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)”, aseguró ayer la Comisión Europea en un comunicado.

Hasta ahora, los notarios españoles se han acogido a una exención de la normativa comunitaria que permite no aplicar el IVAa los servicios financieros. Pero según apunta la Comisión Europea, el servicio que ofrece un notario (preparación de documentos que reflejan actos y contratos, y certificar su autenticidad y corrección) no tiene nada que ver con una operación financiera, ni tan siquiera si se trata de dar fe o validar operaciones que sí lo son (hipotecas o préstamos).

Si las tesis de Bruselas se imponen, este tipo de servicios notariales pasarán de tener un IVAdel 0% a otro del 21%, al igual que el resto de operaciones. Los honorarios de las notarías ya sufrieron un incremento de IVA, del 18% al 21%, tras la última revisión del impuesto.

La Comisión Europea ya pidió explicaciones al Gobierno mediante una carta de emplazamiento en la que requería información sobre la no aplicación del IVAen estas situaciones.

España argumentó que los servicios prestados por los notarios en este ámbito“cumplen funciones específicas y esenciales de un servicio financiero”, ya que sin la autorización de un notario la concesión de un crédito, por ejemplo, “no tendría efecto ejecutivo”. Según este razonamiento, los servicios de un notario dentro de una operación financiera de este tipo “han de considerarse incluidos dentro del ámbito de la exención”. Fuentes notariales consultadas por EXPANSIÓN aseguran que respaldan “el criterio que determine la Administración española en su respuesta a la carta de emplazamiento de la Comisión Europea”.

 

La UE, escéptica

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Este argumento no ha convencido a Bruselas, y de ahí el ultimátum de dos meses que dio ayer la Comisión Europea. Este aviso es un paso más en el proceso habitual cuando el Ejecutivo comunitario considera que un Estado miembro infringe una directiva comunitaria. Si España no obliga a los notarios a aplicar ese IVAen el plazo correspondiente, la Comisión llevará el asunto al Tribunal de Justicia de la UE, que tendrá que dirimir quién tiene razón.

Sin embargo, esta opción podría solo servir a España para ganar tiempo antes de su aplicación forzada. Expertos fiscales explican a este diario que “el argumento que ha esgrimido España ha sido muy débil para defender su postura, ya que es obvio que los notarios no son parte de las operaciones financieras sino que sólo están para dar fe de ellas”.

 

Fuente: EXPANSION.com

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