El Gobierno fija en 79 euros el arancel máximo pero la OCU detecta en España cobros de hasta 400.
JOSÉ VICENTE RODRÍGUEZ El Colegio de Notarios de Andalucía animó ayer a todos los clientes que cancelen hipotecas a comprobar en sus notarías que no se les cobra por encima de las cantidades legalmente establecidas y a poner en conocimiento de esta institución cualquier tarifa que consideran abusiva para investigar el asunto y, en caso de que efectivamente proceda, conseguir que se les devuelva ese dinero.

El aviso coincide con la entrada en vigor hace algo más de un mes €concretamente el pasado 14 de noviembre€ de un Real Decreto Ley publicado en el BOE que aclara una normativa anterior de 2007 y que establece ahora que, en el caso de los notarios el importe máximo que pueden percibir por la cancelación es de 55,05 euros, y en el de los registradores, de 24,04 euros, lo que arroja una suma de 79,09 euros.

Un estudio de la OCU realizado a nivel nacional el pasado mes de septiembre detectó, sin embargo, casos de cobros medios de 144 euros por parte de registradores y de 260 en notarías.

El representante por Málaga en el Colegio de Notarios de Andalucía, Emilio Beltrán, explica que, de cualquier forma, los problemas con esta legislación han sido muy puntuales y que las quejas de clientes por aranceles excesivos que han sido estudiados en el seno del organismo colegial han sido muy pocos en los últimos tres años, en torno a una quincena de casos. «En el 100% de los casos se ha dado la razón al cliente y la notaría ha tenido que devolver el dinero», comenta.

El origen del problema es, a juicio de los notarios, que la legislación de 2007 era «muy ambigua y daba pie a diferentes interpretaciones». La normativa buscaba por entonces dinamizar el mercado hipotecario para lo que se otorgó a las cancelaciones de hipoteca la tarifa de «documento sin cuantía», la más asequible de todas. Sin embargo, no precisaba si esa tarifa había que aplicarla sólo a las cancelaciones subrogatorias (cuando la hipoteca cambia de entidad) o también para aquellas que se cancelan definitivamente tras terminar de abonar su cuantía completa. Algunos notarios entendieron que la norma sólo apelaba al primero de los casos, por lo que siguieron cobrando las tarifas normales en el resto de casos.

Sin embargo, ya en 2008 la Dirección General de Registros del Ministerio de Justicia aclaró que la condición de «documento sin cuantía» debía de aplicarse a todas las cancelaciones, lo que aclaró el panorama.

Beltrán comenta que ya cuando se produjo esta aclaración de criterio, el Colegio Andaluz emitió una circular que se trasladó a las 600 notarías de la comunidad, y reitera que a partir de ese momento los problemas vinculados a esta cuestión han sido mínimos. Claro está que el Colegio sólo tiene constancia de los casos en el que los clientes interponen una queja ante el Servicio de Atención al Usuario (SAU) de este organismo. Si el cliente no reclama no hay caso.

La OCU publicó el pasado mes de septiembre un estudio realizado a partir de 83 operaciones de cancelación de hipotecas €42 minutas notariales y 41 registrales€ facilitadas por sus asociados de casi toda España, aunque principalmente de Madrid y Cataluña. El estudio revelaba que la mayoría de las minutas eran incorrectas.

El delegado de Ausbanc en Málaga, Alfredo Martínez, constata que se han producido prácticas «abusivas» y añade que en muchos casos para el cliente ha sido más difícil detectarlas ya que el trámite con la notaría y registrador lo hacía la propia entidad financiera del cliente. Por ello recomienda asesorarse y reclamar ante cualquier sospecha de tarifa inflada.

En la provincia de Málaga se cancelaron registralmente más de 24.000 hipotecas en 2010. Este año, al mes de septiembre, van casi 15.800.

Fuente: LAOPINIONDEMALAGA.ES

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