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FEAPENFEAPEN (Asociación Estatal de Empleados de Notarías) tiene una manifiesta vocación de liderazgo nacional (en 2013 absorbió a la mayoría de las asociaciones que la integraban) y proyección internacional (el día 21 de mayo de 2016 participó en la fundación UIPAN – Unión Internacional Profesional de Auxiliares del Notariado-, junto a la italiana UNIC@ -Associazione Nazionale Dipendenti Studi Notarili Italiani-). 
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Los empleados de notaría en España carecen de continuidad asegurada en la «empresa» (cfr. art. 44 ET)  Algo que, visto desde el punto de vista de los notarios, por razones ciertamente de peso, no convence. Más allá de las lógicas diferencias, particularmente en materia salarial, las relaciones son cordiales. Negociar, negociar y negociar… ¿acaso otro camino habría de deparar mejor fruto? 
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I Convenio colectivo estatal de Notarios y Personal Empleado, de fecha 14 de julio de 2010

 

Artículo 55. Traslado del Notario.

La extinción de la relación laboral por traslado o excedencia voluntaria del Notario, dará derecho al empleado a percibir la indemnización que en cada momento esté prevista en la legislación vigente para el caso de traslado o extinción por causa objetiva (fijada en la actualidad en veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, y con un máximo de doce mensualidades, de acuerdo con el art. 40.1 ó 52.c) del Estatuto de los Trabajadores), todo ello en función del efectivo tiempo de prestación de servicios con ese Notario que cesa.

No habrá lugar a dicha indemnización si se produce alguna de las siguientes situaciones:

En caso de convenio entre Notarios, si el empleado continúa con los otros titulares.

Si antes o coetáneamente al traslado, el empleado alcanza un acuerdo con otro Notario para continuar trabajando.

Si el empleado le acompaña al titular a su nuevo centro de trabajo…

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Artículo 57. Jubilación.

1. La jubilación será obligatoria (salvo pacto al respecto entre el Notario y el trabajador) al cumplir el trabajador la edad de 65 años y siempre que se cumplan los requisitos establecidos legalmente por la normativa que permite la aplicación de este tipo de cláusulas convencionales. Esta jubilación llevará aparejada la adopción de alguna de las siguientes medidas: la transformación de contrato temporal en indefinido, la contratación de nuevo trabajador, o el sostenimiento del empleo.

2. La edad de jubilación establecida en el párrafo anterior se considerará sin perjuicio de que todo trabajador pueda completar los períodos de carencia para la jubilación, en cuyos supuestos la jubilación obligatoria se producirá al completar el trabajador dichos períodos de carencia en la cotización a la seguridad social.

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8 de Junio de 2016

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El pasado 6 de junio de 2016, se reunieron en la sede del Consejo General del Notariado las partes componentes de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo Estatal de Notarios y Personal Empleado, a fin de concretar la composición de la Comisión Negociadora, una vez aclarada la representatividad que ostenta cada organización sindical.

FEAPEN-CSIF ha luchado desde el inicio de la negociación porque todas las partes reconocieran su condición de organización mayoritaria en el sector, no por una cuestión de protagonismo, sino porque son los que realmente representan a la generalidad del colectivo de empleados de notarías, y  por eso, tienen que asumir el liderazgo de la negociación de sus condiciones de trabajo ya que, al fin y al cabo, son nuestras propias condiciones de trabajo.

 

Pese a la sistemática negativa de otros sindicatos a reconocer tal mayoría, finalmente -a instancias de FEAPEN-CSIF- alcanzamos un acuerdo en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje, en virtud del cual se reconocían los siguientes pesos en la mesa de negociación:
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SINDICATO

Nº DE REPRESENTANTES

% DE REPRESENTATIVIDAD

FEAPEN-CSIF

35

45,45 %

UGT

13

16,88 %

USO

11

14,29 %

CCOO

8

10,39 %

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Gracias a ese acuerdo, se han asignando los miembros de cada representación en la Comisión Negociadora, siendo el reparto el siguiente:
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SINDICATO

Nº de miembros en el banco social de la Comisión Negociadora

FEAPEN-CSIF

6

UGT

2

USO

1

CCOO

1

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Además, también están representados en la mesa, por imperativo legal, los sindicatos más representativos a nivel autonómico: CIG, ELA y LAB.

Con esto queda por fin constituida la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo, por lo que ahora toca negociar en nombre de todos y cada uno de los empleados y empleadas de Notarías a fin de conseguir el mejor Convenio posible.

Encabezando la negociación se encuentran los Presidentes de FEAPEN y UIPAN, Jesús-Francisco Fernández Díez y Juan Carlos Martínez Ortega, teniendo como asesores al Letrado Pablo Urbanos Canorea y a la representante de CSI-F, Carolina Rodríguez.
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Fuente: lawyerpress.com

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