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El comercio electrónico necesita más seguridad jurídica

by modelos
5 octubre, 2017
in Sin categoría
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Home Sin categoría
  • José Manuel García Collantes, presidente de los Notarios Europeos

Los notarios europeos se reúnen en su cuarto Congreso, a celebrar en Santiago de Compostela del 5 al 7 de octubre, bajo el lema El Derecho de la Unión Europea al servicio de los ciudadanos. Con las exigencias que las nuevas tecnologías y las diversas legislaciones estatales plantean al mundo de los negocios. Le preguntamos sobre estos asuntos a José Manuel García Collantes, expresidente del Consejo General de Notarios de España y presidente de los notarios europeos.

 
José Manuel García Collantes, presidente del Consejo de los Notarios de la UE.
José Manuel García Collantes, presidente del Consejo de los Notarios de la UE.

¿Pueden aportar mayor seguridad jurídica al comercio electrónico?

Hay una unanimidad total sobre la falta de seguridad del comercio electrónico. Es preciso saber sobre la personalidad de con quien  contratamos. Nuestros estudios coinciden con las apreciaciones de la Comisión Europea y ya hay varias directivas que inciden en este tema. El establecimiento de un marco claro y seguro de derechos de los consumidores en el comercio electrónico es muy necesario. Sin embargo,  nadie  controla si el contenido de una páginas web coincide con el de los catálogos de derechos establecidos en la normativa comunitaria. Propondremos a Bruselas que el contenido de estas páginas web sea revisado por un notario o colegio notarial que compruebe si efectivamente coinciden. Si coinciden se les otorgará un sello de calidad, lo que nosotros llamamos el sello de conformidad notarial.  

¿Cambiará la actividad notarial por causa de las nuevas tecnologías?

No tienen por qué cambiar las actuaciones notariales, al menos en los puntos esenciales. El notario tiene que ser imparcial. Desde hace tiempo se ve que es extremadamente conveniente la presencia de un asesor que equilibre la situación de las partes en los contratos y el control de la legalidad en el momento de concluirlos. Que el contrato se plasme en un papel o en un soporte digital o de cualquier otra forma es secundario a estos efectos.

Firma y domicilio electrónico, identidades virtuales… ¿todo nuevo?

Tenemos una empresa tecnológica, Ancert,  propiedad del Notariado, que está a la vanguardia a la hora de elaborar certificados digitales. En cuanto a las identidades virtuales estudiamos la posibilidad de crear certificados digitales que  incorporen, como un plus,  algún dato que asegure no solo la identidad de la persona sino también su capacidad para actuar. Que no esté incapacitada para contratar. 

¿Y en el Notariado europeo?

Todos los Notariados que siguen la tradición del Derecho latino-germánico, que somos 22 Estados de los 28 de la UE, han entrado en el mundo digital. El español está en la vanguardia. Ancert es ahora una de las cuatro o cinco empresas más importantes de España. 

¿Y las plataformas que actúan como terceros de confianza?

El notario es un jurista. Da fe de hechos, pero también de la validez sustancial de los contenidos contractuales. No solo da fe de una fecha  o de una  hora determinada, sino de la validez intrínseca de los contratos, sin perjuicio de su revisión posterior por un juez.

¿La tecnología ‘blockchaine’ es el principio del fin del notario?

Es una herramienta técnica de una gran perfección, lo que puede darnos un gran juego de cara al futuro. El problema es que se confunde la herramienta con el prestador del servicio y son cosas completamente distintas. El blockchaine puede ser una gran ayuda para el notario. Hasta ahora ha sido el vehículo para el bitcoin, pero puede albergar otro tipo de documentos como textos jurídicos y contratos y el control de lo que entra en la cadena sigue necesitando de la presencia de un jurista, que asegure que lo que está incluido es jurídicamente válido. Eso no lo hace el blockchaine y, por ello no altera nuestra función. 

¿La herencia digital sí que cambia usos y costumbres?

Pensemos en una biblioteca digitalizada, que solo el proceso de digitalización ha costado un dineral. Forma parte del patrimonio de una persona, pero tiene una serie de características distintas al contenido tradicional de una herencia, como puede ser una cuenta bancaria, un fondo de inversión o una vivienda. Las reglas generales no tienen por qué cambiar, pero sí hay que adaptarse a estas especialidades. Esto hace que los notarios debamos tener una serie de cuidados y cautelas muy especiales a la hora de tratar este contenido hereditario.

¿Y el traslado de domicilio social ?

Es un reto que lleva 15 años sin solucionarse en la UE. El concepto de domicilio no es el mismo en los 28.  Queremos ayudar a solucionarlo.

 

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