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El Gobierno establecerá un contrato hipotecario estándar que será «fácil y no generará dudas»

by modelos
2 febrero, 2017
in Sin categoría
2 0
1
Home Sin categoría
Europa Press
1/02/2017
 
  • El Gobierno hace una propuesta «mucho más protectora y garantista»
  • No podrá cobrarse comisión por reembolso anticipado de préstamos

guindos-de-luisEl ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, ha avanzado este miércoles que la futura Ley Hipotecaria, en el marco de la transposición de la directiva europea sobre contratos hipotecarios, incluirá el mandato de elaborar un contrato de hipoteca «estándar» que será «simple, fácil de comprender, transparente y que no genere ningún tipo de dudas ni interpretaciones alternativas».

Así lo ha señalado Guindos durante en su respuesta a la interpelación urgente planteada por el diputado de Unidos Podemos- En Comú Podem-En Marea Miguel Angel Bustamante en el Pleno del Congreso, para que el ministro explicase si el Gobierno tiene la intención de transponer la directiva europea para mejorar las medidas de protección de los consumidores y transparencia de los créditos hipotecarios, así como de cumplir diversas sentencias del Tribunal de Justicia de la UE en relación a los procedimientos de ejecuciones hipotecarias en España.

Guindos ha explicado que la directiva no se pudo transponer anteriormente porque el Gobierno estuvo 11 meses en funciones, y ha asegurado que en todos los puntos de la nueva Ley Hipotecaria el Gobierno hace un propuesta «mucho más protectora y garantista» para el consumidor, incluso que la propia directiva a trasponer.

Además, ha recordado que en España más del 80% de las familias cuentan con una vivienda en propiedad, por lo que opina que «se han podido acometer seguramente abusos, situaciones complejas y sobrevenidas», pero España se sitúa «claramente» por encima de la media comunitaria, de forma que «algo no habremos hecho tan mal entre todos».

En cualquier caso, ha explicado que el proyecto de ley establece que no podrá cobrarse comisión por reembolso anticipado total o parcial de préstamos o crédito, salvo en el caso de préstamos variable, durante cinco años de vigencia contrato, que quedará limitada al importe de pérdida financiera del prestamista, siempre que no supere el 0,25% del capital reembolsado anticipadamente.

En el caso de préstamos a tipo fijo, no se podrá cobrar durante los primeros cinco años de vigencia del contrato que quedará limitada al importe de pérdida financiera del prestamista, siempre que no supere 0,5% del capital reembolsado anticipadamente y hasta el séptimo año, siempre que no supere 0,35%.

Igualmente, se permitirán ventas combinadas, pero se obligará a la entidad de crédito a presentar dos presupuestos: uno que incluya los productos que se comercializa con el préstamo y otro sin ellos, por lo que el consumidor «podrá consultarlo y verlo y si no le interesa, irse a otra entidad».

También se obligará al establecimiento de procedimientos internos que aseguren un volumen de préstamos hipotecarios colocados no sea el factor determinante a la hora de determinar la retribución de los intermediarios, sino que se primen cuestiones como en análisis de solvencia y la prestación de provisiones al prestatario.

Evitar la opacidad

A su vez, se creará un régimen de registro y supervisión de intermediarios de créditos prestamistas, recayendo la competencia y supervisión del mismo en el Banco de España.

El titular de Economía ha garantizado que se reforzarán los elementos de transparencia «formal y material» de los préstamos hipotecarios para arrojar claridad en las cláusulas de los contratos, ya que se incluyan y evitar «todo tipo de opacidad» en las mismas.

El objetivo es que el consumidor tenga el «pleno conocimiento» de las implicaciones jurídicas y económicas del contrato que firme, por lo que está previsto que se obligará a los consumidores a firmar una ficha precontractual en la que declare que acepta y comprende la información sensible de los contratos.

La ficha precontractual de las hipotecas advertirá sobre cláusulas suelo, gastos previos, multidivisa y amortizaciones anticipadas. También se tomarán medidas para regular el derecho a convertir a moneda nacional los préstamos en moneda extranjera.

Código de buenas prácticas

De igual forma, el ministro ha adelantado que el Gobierno está dispuesto a elevar la edad de los niños que viven en familias cuyas viviendas pueden ser motivo de desahucio con el objetivo de aumentar la edad a más de los tres años fijados en la actualidad.

El aumento de la edad se produciría en la próxima modificación del Código de Buenas Prácticas al que se han acogido varias entidades financieras.

Fuente: eleconomista.es

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Comments 1

  1. JOSE JAVIER CUEVAS CASTAÑO says:
    8 años ago

    Hace años , desde la Junta Directiva del Colegio Notarial de Cataluña se sugirió a las entidades financieras la posibilidad de someter sus minutas hipotecarias a una supervisión o control previo por parte de un equipo integrado por notarios, registrradores y letrados de la propia entidad.. Se trataba de dotar a tales minutas de un «·marchamo» de calidad que supusiera para la entidad un valioso elemento pubilcitarilo de su producto y para los notarios que autorizasen tales escrituras una garantía de legalidad. Sólo una entidad aceptó el «reto», que tampoco pudo concretarse en nada , puesto que no se aceptarón las modifiucaciones, matizaciones y aclaraciones que sugirió la «comisión» para la primera y mas usual de sus minutas

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