Catastro – Notariado: Una pareja de derecho
Uno de los órganos de la Administración más conocidos es el Catastro. El conocimiento deriva del hecho de que la fijación de los valores fiscales de los inmuebles (valor catastral y valor de referencia) se hace desde esta institución y tiene consecuencias importantes a la hora de tributar por diferentes hechos imponibles. Esta función es el origen más inmediato del Catastro en los tiempos del Marqués de la Ensenada con su colosal obra de finales del siglo XVIII y que ha servido desde entonces para intentar lograr una justicia fiscal sobre la base de la identificación de los inmuebles, su titularidad y su valoración.
Sin embargo, muchos españoles desconocen que esta no es la única función del Catastro puesto que, además, se ha convertido en una herramienta insustituible en el tráfico inmobiliario y en el ámbito de la seguridad jurídica e incluso en situaciones de emergencia como ha ocurrido en la catástrofe del volcán de La Palma.
El Catastro contiene la información física y fiscal de casi cuarenta millones de inmuebles, todos los de España salvo las provincias vascas y Navarra que tienen su propio sistema catastral. Eso implica gestionar casi treinta millones de titulares de inmuebles, la mayoría urbanos. Y todo ello con poco más de dos mil funcionarios públicos (principalmente ingenieros, arquitectos, cartógrafos, informáticos y personal auxiliar) destinados a estas tareas distribuidos en sesenta y cinco gerencias territoriales, contando igualmente con la colaboración importantísima de ayuntamientos y órganos de gobierno provinciales y autonómicos, y la del Notariado español a la que nos vamos a referir en estas líneas.
Esta estructura permite gozar en España de uno de los sistemas catastrales más reconocidos y modernos en el mundo y que está al alcance de todos los ciudadanos en la Sede Electrónica Catastral, un modelo de servicio público.
Pero donde se está revelando como un actor imprescindible es en el mundo de la seguridad jurídica facilitando el conocimiento de la realidad física de los inmuebles con ocasión de cualquier transmisión y sirviendo como base para la legalización de inmuebles y su incorporación al tráfico inmobiliario.
En efecto, los notarios, ante las frecuentemente deficientes y desactualizadas descripciones de las fincas, incorporamos a las escrituras la certificación catastral descriptiva y gráfica que permite a los adquirentes saber qué es lo que realmente están adquiriendo y sobre qué realidad física recaen sus derechos. En cada escritura se verifica la corrección de la información catastral y se «coordina» la finca con la descripción que facilitan el contenido cartográfico y los datos de la correspondiente referencia catastral que viene a ser el DNI del inmueble. En caso de no ser coincidentes los datos catastrales con la realidad se siguen unos procedimientos sencillos y rápidos para su corrección. Cada año el Catastro expide más de quince millones de certificaciones con este fin, lo que supone un añadido a la seguridad que da la escritura notarial a la vez que una mejora significativa de los datos catastrales con la colaboración de los notarios.
Es de destacar que el propio ciudadano puede consultar los datos descriptivos y gráficos que figuran en el Catastro con relación a fincas de su titularidad o sobre las que tenga interés legítimo mediante un simple click en su sede electrónica, atendiéndose telemáticamente cada año novecientos millones de consultas (no es un error tipográfico).
En sentido contrario, los notarios facilitamos al Catastro información sobre los cambios de titularidad que se realizan en nuestros despachos en tiempo real mediante un traspaso automático de los datos que producen automáticamente la modificación en la Sede Electrónica Catastral con el consiguiente ahorro de medios y una eficacia absoluta. Ello supone más de seis millones de alteraciones de titularidad anuales comunicadas y operadas en tiempo real con su correspondiente concordancia con la realidad. Esto permite tener un inventario inmobiliario preciso y útil para sus fines fiscales y para su contribución a la seguridad jurídica preventiva.
La colaboración Catastro – Notariado es un ejemplo de servicio a la ciudadanía, facilitando sus trámites administrativos y ofreciéndoles una gama de servicios que son la envidia de los homólogos europeos. El salto cuantitativo y cualitativo de ambas instituciones en los últimos años ha sido espectacular tal y como se deduce de las cifras y datos expuestos. Es necesario que el Estado siga apostando por el Catastro y refuerce su contribución a la seguridad jurídica con nuevas capas de información accesibles gratuitamente para todos los ciudadanos como podría ser la urbanística, la de zonas tensionadas a efectos de rentas arrendaticias, etc., es decir, aquellas que despliegan sus efectos no respecto de una finca concreta sino respecto de una zona geográfica por pequeña o grande que sea.
Esta colaboración traerá como consecuencia inmediata no solo una mayor justicia tributaria sino también una mayor protección de los ciudadanos mediante la publicidad de los efectos territoriales de la normativa administrativa y la exacta descripción de los inmuebles.
Fuente: elmundo.es