Si toda la familia rechaza, en último término se haría cargo la administración, aunque los acreedores se podrían quedar sin cobrar

11/06/2018

Un rechazo tras otro a un activo daría pie a una situación que puede parecer extraña, y hasta cómica, pero que es posible. ¿Qué ocurre cuando todos los herederos rechazan las propiedades?. «Habría que mirar el testamento y analizar caso por caso», define el notario José Manuel Valiente. Si ni hijos, ni padres, ni cónyuges, ni hermanos, ni sobrinos, ni tíos, ni primos u otros parientes de cuarto grado quieren aceptar le herencia, en último término la administración se haría cargo, según se desglosa en el Codi Civil de Catalunya. 

Es la llamada sucesión intestada o ‘ab intestato’. «Aquí, en Catalunya, los activos pasarían a la Generalitat, pero tampoco es obligatorio que acabe pagando. También puede aceptar a beneficio de inventario, con lo que es muy probable que el acreedor, por lo general, se quede sin cobrar», comenta el notario Ángel Doblado, que se refiere a esa posibilidad en la que se responde a las posibles deudas de un legado únicamente con bienes de la misma herencia, no con los propios, todo un seguro de vida para no verse envuelto en la trampa de las cargas. Por lo tanto, aunque el Estado o la Comunidad Autónoma se hagan cargo del activo en cuestión, la deuda con el acreedor puede que nunca quede saldada. 

Fuente: diariodetarragona.com

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