18/01/2021

Hacienda tiene en su punto de mira a las ‘empresas zombi’. Maneja evidencias de que entre las cientos de miles de empresas que siguen dadas de alta en los registros pero que no presentan actividad alguna desde hace años hay sociedades que se mantienen vivas con el único objetivo de evacuar pérdidas de manera fraudulenta o, en el peor de los casos, enmascarar la titularidad real de las mismas en tramas de blanqueo de capitales. El objetivo declarado de la Agencia Tributaria, y concretado en el Plan de Control Tributario de 2020 por ejemplo, es limpiar los censos tributarios de empresas sin actividad e incluso está dispuesta a imponer sanciones a los empresarios que por dejadez o por otras razones no hayan tramitado la baja de la empresa que corresponde en estos casos. La Agencia asegura que esa desidia le genera enormes costes directos e indirectos de gestión.

Mientras da con las palancas jurídicas y administrativas necesarias para realizar esa ‘limpia’, Hacienda ha entendido que lo urgente es atajar los nichos de fraude que se generan en torno a las ‘empresas fantasma’ y a través del Grupo Socialista ha introducido una batería de enmiendas al proyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal cuyo principal objetivo es maniatar a los titulares de las ‘empresas zombi’ para que no puedan inscribir ninguna operación societaria mientras tengan su NIF revocado, salvo para tramitar la liquidación de la empresa.

Según fuentes del ámbito tributario, la maniobra persigue bloquear cualquier intento de traspaso de la titularidad de la sociedad, operación tras la que en determinados casos se esconden intenciones fraudulentas. «Las experiencias adquiridas de las actuaciones de lucha contra el fraude ponen de manifiesto la existencia de entidades con NIF revocado (por falta de actividad)  que ‘de facto’ siguen otorgando escrituras públicas y realizando operaciones societarias que se inscriben en Registros Públicos», sostiene la enmienda planteada por el Grupo Socialista.

La enmienda registrada en el Congreso y que se debatirá para su eventual incorporación a la ley antifraude plantea modificar la Ley General Tributaria para impedir que las entidades que tengan revocado el NIF puedan realizar inscripciones en ningún registro público, ni otorgar escrituras ante Notario, «a excepción de los trámites imprescindibles para la cancelación de la correspondiente nota marginal», es decir, salvo que sea para registrar el cierre definitivo de la sociedad

Hacienda no se queda ahí. Su idea es maniatar a los titulares de ‘empresas fantasma’ para que no tengan la tentación de realizar operaciones irregulares, pero también mandatar a los notarios para que comuniquen a la Agencia Tributaria los casos de empresas con el NIF revocado que pretendan inscribir una operación societaria. «Ello permitiría inferir que esa entidad tiene actividad económica o jurídica, lo que permitiría tener un control efectivo sobre la misma y un dato real de cuáles son las entidades con NIF revocado activas«, sostiene el texto de la enmienda. El planteamiento de la enmienda presentada por el Grupo Socialista al texto del proyecto de ley ‘antifraude’ es que el Consejo General del Notariado habilite un sistema automatizado que permita la transmisión de información de esa naturaleza a la Agencia Tributaria con cierta regularidad.

El punto de llegada de la estrategia de la Agencia Tributaria es limpiar los censos tributarios de empresas sin actividad o como se formulaba en el Plan de Control Tributario presentado hace ahora un año «que solo aquellas sociedades que realmente intervengan en el ámbito comercial o económico mantengan su plena vida jurídico-fiscal». La contaminación de los censos tributarios con empresas sin actividad empresarial aparente genera problemas operativos relevantes a la Agencia, ya que obliga a disponer programas de control tributario mucho más extensivos de lo que sería necesario si los censos empresariales estuviesen limpios de este tipo de empresas sin actividad o con una actividad marginal.

Para favorecer este proceso, en el que la Agencia Tributaria lleva trabajando desde hace meses, el Grupo Socialista ha introducido otra enmienda a la ‘ley antifraude’ para clarificar la posibilidad de dar de baja de manera provisional no sólo a las empresas que lleven tres años sin presentar la declaración del Impuesto de Sociedades como ya figura en la norma, sino también a aquellas  sobre las que se haya declarado un fallido por insolvencia total a la hora de atender a sus obligaciones tributarias, como fórmula para evitar tener que esperar a la resolución de los en ocasiones demasiado dilatados procedimientos concursales para poder sacar una empresa de los censos, al menos de manera provisional. Una medida que se antoja como crítica en el momento actual para evitar otra contaminación masiva de los censos tributarios con empresas que no tienen ningún futuro ni actividad, pero que continúan vivas dentro de un procedimiento concursal para garantizar los derechos de los acreedores.

 

Fuente: lainformacion.com

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