REGLAMENTO NOTARIAL

Artículo 17.

En los dos primeros ejercicios, los opositores que no concurrieren a practicarlos en primer llamamiento, actuarán después de terminado éste, en un segundo turno y con el mismo número que les hubiere correspondido en el sorteo. Si llamados en el segundo turno no comparecieren, se les tendrá por desistidos de la oposición, sin admitirse excusa alguna.

En los ejercicios tercero y cuarto sólo habrá un llamamiento.
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Artículo 15. El Tribunal designará, con veinticuatro horas de antelación, por lo menos, y por orden riguroso de la lista de sorteo, los opositores, que podrán ser llamados para actuar en cada día.

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Artículo 16.

Los ejercicios de la oposición serán cuatro: los dos primeros, orales, y el tercero y el cuarto, escritos. Tanto los dos primeros como la lectura del tercero y de la primera parte del cuarto serán públicos.

El primer ejercicio consistirá en contestar verbalmente, en el plazo máximo de 60 minutos, a cuatro temas, los tres primeros, de Derecho Civil Español, Común y Foral, y el cuarto, de legislación fiscal. Los temas de Derecho Civil corresponderán, respectivamente, uno a las materias de parte general o introducción, propiedad y derechos reales; otro, a obligaciones y contratos, y otro, a Derecho de Familia y sucesiones.

El segundo ejercicio consistirá, a su vez, en contestar asimismo verbalmente, en el tiempo máximo de 60 minutos, y por el siguiente orden, a seis temas: dos de Derecho Mercantil, dos de Derecho Hipotecario, uno de Derecho Notarial y otro de Derecho Procesal o Administrativo. Los dos temas de Derecho Mercantil y de Derecho Hipotecario serán uno de cada parte en que se hallen divididas estas materias.

En ambos ejercicios orales los temas serán sacados a la suerte de los comprendidos en el programa que deberá estar publicado en el Boletín Oficial del Estado un año antes de la convocatoria de la oposición. El opositor dispondrá de cinco minutos, como máximo, antes de comenzar la exposición, para reflexionar y tomar notas por escrito, si lo desea.

El programa comprenderá una exposición del derecho positivo vigente en España en cada una de las materias que en él se incluyen, destacando, tanto en el Derecho Común como en el Foral, aquellas que el notario debe profesionalmente conocer y aplicar y cuyo conocimiento le dote de una auténtica especialización en aquéllas.

En la parte del Derecho Civil se incluirán los principios fundamentales de Derecho Internacional Privado.

La legislación fiscal comprenderá aquellos impuestos que más puedan interesar al notario como asesor de los particulares.

El indicado programa se revisará por la Dirección General cuando lo estime necesario, o a propuesta del Consejo General del Notariado, y siempre con informe preceptivo de éste.

El tribunal no hará advertencia ni pregunta alguna a los opositores sobre las materias del ejercicio. Al presidente corresponde fijar la hora del comienzo y fin del ejercicio y advertirá al opositor, por una sola vez, con diez minutos de antelación, la hora en que debe acabar. Podrá también exigir que los opositores se atengan a la cuestión y eviten divagaciones inoportunas, y dar cumplimiento a las prescripciones de este reglamento relacionadas con la práctica de estos ejercicios.

En el primer ejercicio se podrá excluir al opositor, al concluir su exposición del segundo tema de Derecho Civil, si el tribunal, por unanimidad, acuerda que los ha desarrollado con manifiesta insuficiencia para obtener la aprobación. Igual medida podrá ser aplicada en el segundo ejercicio al término de la exposición del primer tema de Derecho Hipotecario.

El tercer ejercicio consistirá en redactar, en el tiempo máximo de seis horas, un dictamen sobre un tema de Derecho Civil Español, Común y Foral, Derecho Mercantil, Derecho Hipotecario o Notarial, de entre los formulados por el tribunal reservadamente. Las cuestiones que se propongan en este ejercicio versarán sobre casos de derecho positivo.

El cuarto ejercicio, que tendrá una duración máxima de seis horas, se dividirá en dos partes, cada una de ellas con la duración que fije el tribunal:

* Primera: redactar una escritura o documento notarial, debiendo el opositor justificar en pliego aparte los problemas jurídicos que plantee o resuelva en su trabajo, realizando la liquidación del impuesto que en su caso corresponda a la escritura redactada.

* Segunda: resolver un supuesto de contabilidad y matemática financieraque recaerá sobre las materias contenidas en el anexo del programa de la oposición.

Los ejercicios escritos se realizarán el día que fije el tribunal respectivo sobre cuestiones que serán secretas y se redactará en el mismo día designado para la realización del respectivo ejercicio por el tribunal, o, en su caso, tribunales conjunta o separadamente.

Los opositores estarán totalmente aislados, y no podrán consultar sino los textos legales que el tribunal les permita, y que por sí mismos se proporcionen, sin notas de jurisprudencia ni comentarios. Así mismo podrán utilizar calculadora.

Concluidos los ejercicios, los opositores los firmarán y entregarán al miembro del tribunal que estuviera presente, quien los cerrará en sobre firmado por el opositor.

Los opositores deberán leer personalmente el tercer ejercicio y la primera parte del cuarto. La incomparecencia del opositor determinará el decaimiento de sus derechos y su consideración como retirado, salvo que concurran causas de fuerza mayor, debidamente justificadas y libremente apreciadas por el tribunal; en estos casos, el tribunal podrá optar por fijar otra fecha para la lectura o, con el consentimiento del opositor, permitir la lectura del ejercicio por un miembro del propio tribunal.
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Artículo 18. Todos los ejercicios de la oposición son eliminatorios

 

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14 de Febrero de 2013

 

Más de 200 personas han aprobado el primer ejercicio de las oposiciones nacionales al título de notario celebradas en el Colegio Notarial de Valencia, que se han convocado para cubrir 100 plazas en toda España.

El Colegio Notarial, según ha informado en un comunicado, ha iniciado ya el segundo llamamiento de este primer ejercicio de las oposiciones, que se celebra en la Comunitat por primera vez en veinte años.

Los exámenes de las oposiciones a notario, que se convocan cada dos años, comenzaron el pasado mes de junio con un total de 925 aspirantes y ahora celebran una segunda convocatoria de la primera prueba.

En este momento, son 202 los opositores que ya han superado el primer ejercicio y a este segundo llamamiento del primer examen, que acaba de comenzar, están convocados 513 aspirantes.

De los que ya han pasado por el tribunal en este primer ejercicio, 91 no han aprobado, 64 se han retirado y ocho han sido excluidos.

El Colegio Notarial de Valencia acaba de reanudar las oposiciones con el segundo llamamiento de este primer ejercicio, que ya ha sido aprobado por 12 personas desde el inicio de la segunda convocatoria, mientras que 513 quedan pendientes todavía por examinarse a lo largo de estos meses.

La oposición a notarías es un examen que consta de cuatro ejercicios, dos orales y dos escritos, y comienza con la exposición durante una hora de cuatro temas de un total de 168: tres de Derecho Civil y uno de legislación fiscal.

En el mes de septiembre finalizará el segundo ejercicio de esta oposición, que también será oral, y en la que los aspirantes a una de las 100 plazas de notario tendrán que superar durante una hora seis temas: dos de Derecho Mercantil, dos de legislación hipotecaria, uno de legislación notarial y uno de Derecho Procesal y Derecho Administrativo.

El programa consta en total de 373 temas que los opositores se tienen que preparar para optar a estos dos primeros ejercicios de la convocatoria de 2012.

Aprobados los dos primeros ejercicios, los aspirantes a notarios deberán pasar a las dos últimas pruebas, escritas en ambos casos: el «Dictamen», consistente en resolver durante un máximo de seis horas un caso práctico de Derecho, y la última, que consiste en redactar durante un máximo de seis horas una «Escritura» con la explicación posterior de la misma.

Los candidatos que superen estos cuatro ejercicios optarán al título de notario, tras participar en un concurso por las plazas libres, donde se tendrá en cuenta el puesto que ocupan de acuerdo con los resultados logrados en el examen.

 

Fuente: ABC.es

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