En el mundo empresarial, la declaración de un cliente en concurso de acreedores puede generar preocupación, especialmente en lo que respecta a la recuperación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) asociado a transacciones comerciales.
Los empresarios y profesionales deben ingresar el IVA devengado por sus operaciones al presentar la autoliquidación correspondiente, independientemente de si han cobrado o no la contraprestación.
Sin embargo, si el crédito se considera incobrable o el deudor entra en concurso de acreedores antes del pago, existe la posibilidad de recuperar las cuotas de IVA ya ingresadas en Hacienda. Este proceso implica la modificación de la base imponible y está sujeto a ciertos requisitos y circunstancias definidas por la Ley del IVA.
Si un cliente deja de pagar una factura, la empresa debe esperar un plazo de seis meses o un año (en el caso de empresas que facturen más de 6.010.121,04 euros anuales) para iniciar los trámites de recuperación del IVA. Pero si el cliente es declarado en concurso de acreedores antes de que transcurran estos plazos, los trámites deben adelantarse.
En este caso, la empresa tiene tres meses desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del auto de declaración de concurso para emitir una factura rectificativa y enviarla al cliente, junto con una copia al administrador concursal. Además, dispone de un mes adicional para comunicar a Hacienda esta modificación.
Es importante recordar que no se pueden rectificar facturas cubiertas por seguros de crédito, afianzadas por entidades de crédito o garantizadas, ni las derivadas de operaciones con personas o entidades vinculadas.
Uno de los desafíos principales en este proceso es estar atento a la publicación del auto de declaración de concurso, ya que el administrador concursal puede tardar en comunicarlo. Por lo tanto, se recomienda a las empresas consultar periódicamente el BOE para no perder los plazos establecidos.
Recuerda que la rapidez en la acción es clave, ya que Hacienda también necesita conocer los importes adeudados cuanto antes. Cuando la empresa recupera el IVA repercutido, el cliente concursado pasa a ser el deudor de dicho impuesto frente a Hacienda.
¡No descuides los plazos y asegúrate de seguir correctamente los procedimientos para garantizar una recuperación exitosa del IVA en caso de concurso de acreedores!
Fuente: https://www.jda.es/como-recuperar-el-iva-en-caso-de-concurso-de-acreedores/