Medidas fiscales 2023
Este 2023 ha llegado con nuevas medidas fiscales, en este post resumimos las cuestiones más importantes.
MEDIDAS TRIBUTARIAS APROBADAS EN EL ÚLTIMO CONSEJO DE MINISTROS REAL DECRETO-LEY 20/2022, DE 27 DE DICIEMBRE :
En primer lugar, respecto al Impuesto Sobre el Valor Añadido, IVA, se verán diferentes cambios.
- Reducción del tipo impositivo del IVA de los aceites de oliva y de semillas y de las pastas alimenticias. Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia hasta el 30 de junio de 2023 se reduce al 5 por ciento el tipo impositivo del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias.
- Supresión del IVA de determinados productos frescos como pueden ser quesos, verduras, frutas, harinas, etc. Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia hasta el 30 de junio de 2023 se reduce al 0 por ciento el tipo impositivo del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias.
- Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA (5 por ciento) en los suministros del gas natural, pellets, briquetas y leña hasta el 31 de diciembre de 2023. El tipo del recargo de equivalencia aplicable será el 0,625 por ciento
- Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA (5 por ciento) de la energía eléctrica hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA (4 por ciento) de las mascarillas quirúrgicas desechables hasta el 30 de junio de 2023.
Por otro lado, en lo que respecta al IRPF, lo más destacado es la deducción del mismo por maternidad con efectos desde 1 de enero de 2023.
LEY 31/2022, de 23 DE DICIEMBRE DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO BOE 24 DE DICIEMBRE DE 2022
Las materias afectadas por estas medidas son:
- IRPF
- IS
- IVA
- IIVTNU (Plusvalía municipal)
- Aplazamiento/Fraccionamiento
- IRPF: reducción por rendimientos de trabajo, que ahora pasaría a aplicarse para quienes obtengan unos rendimientos del trabajo de hasta 19.747,50 euros.
- IS: Con efectos para los períodos que se inicien a partir de 1 de enero de 2023, se reduce del 25% al 23% el tipo de gravamen para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros, siempre que no se trata de entidades patrimoniales. Se acelera la amortización multiplicando por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas oficiales
- IVA: Con vigor desde el 1 de enero de 2023, se modifica el artículo 70. Dos de la LIVA donde se contiene la regla especial de localización de los servicios a efectos de la aplicación del IVA basada en la utilización efectiva.
- IIVTNU (Plusvalía municipal): Se actualizan los importes de los coeficientes máximos previstos en el Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, que se deben aplicar sobre el valor de los terrenos en función del período de generación del incremento de valor para la determinación de la base imponible de este impuesto por el método objetivo previsto en la normativa actual.
- Aplazamiento/Fraccionamiento
- Plazo máximo de 6 meses, cuando las deudas sean de cuantía inferior a 30.000 euros y se trate de personas jurídicas o de entidades
- Plazo máximo de 12 meses, para los supuestos en que el obligado al pago carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda, siempre que la ejecución de su patrimonio pudiera afectar sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica, o pudiera producir graves quebrantos para los intereses de la Hacienda.
- Plazo máximo de 24 meses cuando los aplazamientos y fraccionamientos se garanticen mediante hipoteca, prenda o fianza personal o solidaria o sea posible solicitar de la Administración que adopte medidas cautelares en sustitución de las garantías citadas.
- Plazo máximo de 36 meses cuando los aplazamientos y fraccionamientos se garanticen con aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución.