Por prudencia, convendrá actuar como si nos encontrásemos no ante una crisis sino ante una nueva realidad, marcada por un reposicionamiento económico de los distintos continentes. No siempre se puede ganar: la vieja Europa cotiza a la baja. Nada de catastrofismos, ni tampoco de falsas esperanzas. Toca reconvertirse, a fuerza de esfuerzo y constancia ganar en excelencia y plusvalor. Cada uno en la medida de sus posibilidades. Velis nolis.

La noticia que sigue ilustra bien a las claras el signo de los nuevos tiempos: la vivienda ha dejado de ser un bien de inversión, especulativo. Si el ladrillo no tira ya de nuestra economía, ¿qué otro sector ocupará su lugar?

Financiar la adquisición de una vivienda ya no es un buen negocio. Si aumenta la protección del prestatario (por todas, la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios) y el mínimo inembargable, siendo tú entidad prestamista, ¿acaso no procurarías maximizar tu ganancia en otros terrenos?
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Artículo 1 del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios. Inembargabilidad de ingresos mínimos familiares

En el caso de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria, el precio obtenido por la venta de la vivienda habitual hipotecada sea insuficiente para cubrir el crédito garantizado, en la ejecución forzosa posterior basada en la misma deuda, la cantidad inembargable establecida en el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se incrementará en un 50 por ciento y además en otro 30 por ciento del salario mínimo interprofesional por cada miembro del núcleo familiar que no disponga de ingresos propios regulares, salario o pensión superiores al salario mínimo interprofesional. A estos efectos, se entiende por núcleo familiar, el cónyuge o pareja de hecho, los ascendientes y descendientes de primer grado que convivan con el ejecutado.

Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional y, en su caso, a las cuantías que resulten de aplicar la regla para la protección del núcleo familiar prevista en el apartado anterior, se embargarán conforme a la escala prevista en el artículo 607.2 de la misma ley.

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El 60,8% de las casas se adquirieron sin hipoteca en el primer trimestre del año, según datos del Consejo General del Notariado

 

17 de Junio de 2013

 

El apalancamiento de los bancos, la incertidumbre económica y el endurecimiento de condiciones han propiciado una caída en el número de hipotecas contratadas. De hecho, las operaciones de compraventa sin financiación bancaria superaron a las firmadas con créditos de entidades en el primer trimestre del año. Casi siete de cada diez transmisiones de la propiedades se realizaron sin hipoteca de por medio de enero a marzo, según un informe del Consejo General del Notariado.

Para pagar la casa sin financiación bancaria existen varias opciones: entregar el dinero al contado, recurrir a los créditos de los promotores o alquilar con opción a compra, entre otras. En ninguno de los tres casos enumerados sería necesario llamar a la puerta del banco, con lo que el comprador se evitaría el «no» de la entidad o unas condiciones mucho más duras que las del «boom» inmobiliario.

Ha aumentado, por otro lado, el miedo a dejar todo el poder de propiedad sobre el banco. La incertidumbre económica y el miedo a perder el trabajo no propician la compra de una vivienda, y menos aún, la firma de hipoteca. El año pasado los jueces aprobaron 43.858 desahucios en nuestros país, según un estudio del CGPJ.

Además, y pese al ventajoso mínimo del Euribor, contratar un crédito hipotecario es cada vez más difícil. Los bancos ya no ofrecen financiación al 100%a no ser que la vivienda adquirida sea de su propia cartera. Así, el cliente se verá obligado a adelantar una parte importante del crédito, una situación que sortearía en el caso de pagar las letras a los promotores (si la financiación es en su totalidad) o abonar las mensualidades del alquiler con opción a compra.

Los diferenciales son también superiores al 2% frente al 0,25% o 0,50% que se establecían hace años. A ellos se unen las cláusulas suelo, que algunas entidades (BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco anunciaron la semana pasada su supresión) siguen aplicando pese a la obligatoriedad de informar sobre ellas al cliente. Estos topes, situados como media en el 3,12%, impedirían beneficiarse de un Euribor al 0,50% a cierre de mayo.

Las comisiones también son más caras y las nuevas hipotecas exigen a su vez la contratación de varios seguros de hogar, de desempleo e incluso realizar ingresos en un plan de pensiones.

 

Siete de cada diez, sin hipoteca

 

Todo esta coyuntura ha conllevado que el número de compraventa de viviendas con algún tipo de financiación hipotecaria se redujera en el primer trimestre de 2013 al 36,2% de las operaciones frente al 62,7% de enero de 2007, seis puntos menos a la tasa registrada en el mismo mes del pasado año, según datos del Consejo General del Notario. Es decir, por contra, el 60,8% de las operaciones de compraventa se realizaron sin crédito hipotecario en el primer trimestre de este año.

También cayeron las ventas y el precio, en base al informe de los notarios. Al cierre del primer trimestre, el número de viviendas vendidas registró una caída interanual del 24,7% con un total de 53.045 transmisiones de fincas urbanas y el precio promedio por metro cuadrado sufrió un ajuste del 16%.

 

Fuente: ABC.es

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