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Si te pones a ahondar, todo es doble tributación: pagamos al adquirir, mientras mantenemos lo adquirido y cuando lo gastamos o transmitimos… ¡Hasta donde el cuerpo puede aguantar!

Repare el lector en el funcionamiento y tipos de los Impuestos de Sucesiones y Donaciones e ITP en relación con el IRPF. Trate de entender por sí solo la diferencia de tipos y sujetos pasivos… ¡ Todo ideado para apretar hasta lo admisible ! Normal, ¿acaso siendo tú el responsable de organizar el funcionamiento del sistema fiscal dejarías de aspirar a la optimización de su rendimiento?

«… hay varias magnitudes económicas que pueden servir para determinar la mayor o menor capacidad de los ciudadanos; principalmente tres: a) la renta, b) el patrimonio o la riqueza, y c) el gasto.

Pero si utilizamos a la vez gravámenes sobre las tres magnitudes mencionadas, inmediatamente surge una pregunta: al gravar la renta cuando se produce, ¿no se incurre en una doble imposición si también se grava después la aplicación que el perceptor da a dicha renta? Se suele comentar con bastante frecuencia que los impuestos sobre la riqueza, como los que gravan el patrimonio o los que gravan las transmisiones mortis causa, suponen un doble gravamen, pues el que acumuló los bienes que constituyen su patrimonio, los adquirió mediante la renta que previamente había obtenido y que ya había sido gravada en la imposición sobre la renta personal. Se comenta menos, sin embargo, que lo mismo cabe afirmar de la imposición sobre el consumo, pues si se paga el IVA cuando se adquiere un bien o servicio, dicho pago se hace con renta que ya había sido gravada también en la fuente mediante la imposición sobre la renta personal. ¿Por qué, entonces, mantener varias figuras tributarias?

… A este respecto son sumamente clarificadoras las ideas que el economista italiano Amilcare Puviani expuso, a caballo entre finales del siglo XIX y principios del XX, y que se conocen como «teoría de la ilusión financiera». A grandes rasgos la idea principal de Puviani consiste en que el Estado es un devorador insaciable de recursos pero que encuentra ciertos límites en la resistencia de los ciudadanos, y esta resistencia (y en consecuencia el límite impositivo) está directamente relacionada con la percepción que aquéllos puedan tener sobre lo que les cuesta financiar la maquinaria pública. El arte de las finanzas públicas, para Puviani, estaría en la habilidad para engañar a los ciudadanos en esa percepción, generando una «ilusión» (es decir, una imagen falsa e irreal) acerca de su sacrificio fiscal. Y, para producir esa ilusión, es esencial la complejidad del sistema, la multiplicación de figuras, de forma que los árboles (impuestos individualizados) no permitan ver fácilmente el bosque (el ingente sacrificio global que supone para la población financiar la maquinaria estatal)…» (Jesús Morote)

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No es pues casual:

  • La complejidad que suele caracterizar -¿debe caracterizar?- al sistema fiscal. Lo mismo que ocurre con determinados sistemas de incentivos o de actualización de rentas o pensiones (cfra. art. 48 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social)… so pena de verte abocado a sempiterna discusión sobre la justicia del sistema.

La complejidad permite ademas encubrir determinadas reformas (más aquí).

  • Su voracidad. Pues los gastos e inversiones, antes o después, hay que pagarlos -de una forma u otra-. Una idea esta última que, por increíble que pueda parecer a una mente acostumbrada a la pequeña economía doméstica, en la macroeconomía encuentra sus matices e incluso detractores.  

 

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La AEB denuncia que el tributo autonómico grava un hecho imponible ya gravado por un impuesto local como es el Impuesto de Bienes Inmuebles

 

Barcelona – EFE | 02/11/2014

 

La Asociación Española de la Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) consideran «inconstitucional» el impuesto catalán a los pisos vacíos que está tramitando el Parlamento catalán, un tributo que corre el riesgo de no ver la luz si se anticipan las elecciones en Catalunya.

Ambas organizaciones, que representan a la banca española, defienden su oposición a este impuesto en sendos escritos remitidos a la Generalitat, a los que ha tenido acceso Efe, y plantean que, en caso de que siga adelante, «sea exigible por primera vez el 31 de diciembre de 2016».

Estos escritos son la respuesta de la banca a la invitación de la Generalitat a los sectores implicados por la futura norma de hacerle llegar sus sugerencias y alegaciones antes de dar curso a una ley que pretende gravar las viviendas desocupadas por más de dos años sin causa justificada.

Tanto la AEB como la CECA coinciden en argumentar que la norma «vulnera el artículo 133.2 de la Constitución en conexión con el artículo 6.3 de la LOFCA», ya que el tributo autonómico grava un hecho imponible ya gravado por un impuesto local como es el Impuesto de Bienes Inmuebles.

Asimismo, ambas entidades concluyen que el impuesto catalán «vulnera el principio de igualdad», dado que el impuesto no penaliza los pisos vacíos en manos de particulares, sino «únicamente a las (personas) jurídicas» que poseen inmuebles desocupados, como bancos o promotoras.

Ello supone, en opinión de la CECA, un «claro supuesto de discriminación que no responde a una razón objetiva», por entender que el impuesto «queda limitado en la práctica a las entidades promotoras y financieras que se han visto obligadas por la crisis financiera e inmobiliaria a adquirir y mantener un importante volumen de viviendas del que no pueden desprenderse».

Por ello, tanto la AEB como la CECA, así como CaixaBank, que también ha hecho llegar a la Generalitat su propio escrito de sugerencias, plantean una serie de propuestas de enmiendas al proyecto de ley que, en la práctica, buscan atenuar el efecto del impuesto, tanto ampliando las exenciones como las bonificaciones previstas por la ley.

El impuesto a los pisos vacíos prevé que la administración catalana cobre entre 500 y 1.650 euros anuales por vivienda vacía, todo ello para recaudar un máximo de 25 millones de euros.

El gobierno catalán siempre ha defendido que no se trata de un tributo con afán recaudatorio, sino que busca estimular que los bancos pongan en alquiler los pisos vacíos de su parque de viviendas, y esta semana el conseller de Economía, Andreu Mas-Colell, destacó que, aun sin haber entrado en vigor, la banca ha arrendado hasta junio 5.409 pisos, lo cual supone un incremento del 18,8 % respecto a marzo de este mismo año.

Aunque la Generalitat calcula que en Catalunya existen unas 40.000 viviendas vacías en manos de entidades financieras, el impuesto se dirige a unas 15.000 que se encuentran en 72 municipios donde se ha acreditado que hay demanda de pisos.

La iniciativa de este nuevo impuesto también ha suscitado la oposición de Sareb, el llamado banco malo, que, en otro escrito remitido a la Generalitat, al que también ha tenido acceso Efe, tilda de «incongruente» que se le pueda llegar a aplicar este impuesto, dado que Sareb «tiene por objeto, precisamente, desinvertir los activos recibidos, ofreciéndolos al mercado en venta o alquiler».

El impuesto también ha motivado alegaciones por parte de la inmobiliaria Nuñez y Navarro y de la Federación Catalana de Promotores Constructores de Edificios (Fecapce), que coinciden en argumentar que las viviendas vacías que hay en Catalunya no son «un remanente especulativo, sino forzado como consecuencia de la crisis y de la falta de acceso al crédito por parte de las familias».

Precisamente, esta semana el proyecto de ley ha superado el debate de totalidad, pero el impuesto pende de un hilo, según fuentes parlamentarias, dado que decaerá si se anticipan elecciones.

Las fuentes consultadas por Efe aseguran que, tramitándolo a toda velocidad, podría estar aprobado como pronto a finales de febrero o en marzo, pero ello implica reducir a la mínima expresión las comparecencias de entidades financieras, promotoras y otros agentes implicados y lograr además que el resto de la tramitación, enmiendas incluidas, se resolviera con gran agilidad.

En cambio, otras fuentes parlamentarias asumen que si el proyecto sigue el curso ordinario, llegaría a votación final poco antes del verano de 2015, con lo que, para que el impuesto vea la luz, es imprescindible que no se avancen los comicios, según apuntan.

 

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