El responsable de asuntos para la Unión Europea (UE) en el Consejo General del Notariado (CGN) español, Álvaro Lucini, durante la entrevista concedida a Efe. [EFE/Kiko Huesca]

1 de marzo de 2020

Madrid (EuroEFE).- Los notarios españoles se han colocado a la vanguardia europea en cuestiones como prevención del blanqueo de capitales o constitución “exprés” y sin presencia física de sociedades “online”, aunque reivindican el asesoramiento humano del experto, que jamás podría sustituir la hipotética figura de un futuro “cibernotario”, aseguran.

En entrevista con EFE, Álvaro Lucini Mateo, responsable de asuntos para la Unión Europea (UE) en el Consejo General del Notariado (CGN) español, explica que el notariado “participa en la elaboración de la legislación comunitaria a través del Consejo de Notariados de la UE, que agrupa a los 22 notariados de países miembros del bloque que tienen un notariado de matriz romano-germánica similar al español”.

En ese sentido, los expertos del CGN colaboran en estos momentos, entre otras iniciativas, en la adecuación jurídica de la nueva directiva comunitaria que permitirá la constitución de sociedades íntegramente en línea, la cual deberá estar operativa para agosto de 2021.

“La nueva directiva europea sobre digitalización de los documentos y herramientas digitales en materia societaria tiene como base un reglamento europeo de 2014 sobre identificación electrónica y que obliga a todos los Estados miembros a permitir la identificación electrónica en la práctica. La firma electrónica se va a basar en el sistema de doble clave asimétrica: clave pública y clave privada”, explica Lucini.

Una de sus principales ventajas será que “va a permitir que desde cualquier Estado miembro de la UE se pueda constituir una sociedad en otro Estado miembro sin necesidad de desplazamiento físico”, asegura el experto del CGN.

En el camino hacia la transposición de la nueva directiva, Lucini explica que “ya está funcionando una subcomisión, dentro de la Comisión General de Codificación, para la elaboración de un anteproyecto de ley. La directiva establece unos determinados mínimos para todos los Estados europeos, que en algunos casos, van a suponer elevar los ‘estándares’ de seguridad, ya que la directiva obliga a los Estados miembros a establecer controles de identidad, capacidad, y del poder de representación del solicitante”.

ROBO DE IDENTIDAD: EL CASO DE ESTONIA

Según Lucini, en algunos países esos controles “son actualmente desconocidos. Pienso a menudo en el caso de Reino Unido: de empresas que cuando entran en ese registro británico inmediatamente se les advierte del riesgo de robo de identidad”.

“Pienso también en el caso de Estonia, un país que se ha caracterizado en los últimos tiempos por la supresión de los controles para facilitar la constitución de importantes sociedades. En ese sentido, hace pocas semanas hemos visto el caso de dos sociedades estonias  (Envestio y Kuetzal) constituidas en ese país, y que desarrollaban a través de internet una actividad que se puede llamar de “crowd-lending”, pequeños préstamos. Estas sociedades han desaparecido dejando en España a miles de personas estafadas”, lamenta Lucini.

El “CRIMEN PERFECTO” ?

La relajación de esos controles, asegura, “puede contribuir al crimen perfecto. Si la constitución societaria se ha realizado utilizando un dispositivo electrónico de una persona fallecida, o de una persona que por razón de su edad haya perdido la capacidad de controlar este tipo de herramientas, estas pueden ser utilizadas de una forma fraudulenta o criminal, y así estaríamos muy cerca del crimen perfecto”.

“No digo que la intervención del notario evite la comisión de este tipo de delitos, pero desde luego hace mucho más difícil su comisión, y en el caso de que se cometan facilita la investigación penal subsiguiente. Veremos en qué termina este caso (de Estonia), pero desde luego invita a la reflexión sobre cuál es el precio que hay que pagar por la digitalización, y si es necesario pagar un precio tan alto en términos de seguridad jurídica para alcanzar muy pequeños incrementos en términos de eficiencia”, subraya.

AGILIDAD BUROCRÁTICA PERO CON SEGURIDAD

La digitalización, que ya está permeando todas las capas de la sociedad, no debería suponer una reducción de los estándares de seguridad a la hora de verificar y comprobar la identidad real de quienes van a crear esas “sociedades online”, asegura.

“En esto, la principal aportación del notariado quizás haya consistido en la compatibilidad entre la digitalización, con todas sus ventajas, sobre todo para las pequeñas y medianas empresas (pymes), y la seguridad jurídica que proporciona la intervención del notario, que permite un control de identidad, capacidad, un control de consentimiento prestado de forma libre e informada, libre de vicios de consentimiento, y un control de legalidad”, subraya.

Por ello, la futura directiva incorpora varios ” filtros de seguridad”: “existe un riesgo que no podemos desdeñar de suplantación de identidad. Precisamente por ello, la directiva contempla que los Estados miembros puedan exigir controles complementarios de identidad, capacidad y legalidad, que tienen que realizar sin, en principio, un desplazamiento físico”.

Esos sistemas de verificación de identidad pasarían, según Lucini, por, entre otras posibilidades, la realización de “video-conferencias o el uso de otros medios de comunicación audiovisual ‘online’”.

NO EXAGERAR EL “OPTIMISMO TECNOLÓGICO”

Los notarios españoles han desarrollado numerosas iniciativas que les colocan como referente a escala europea en cuestiones como la prevención del blanqueo de capitales o la lucha contra el fraude fiscal, entre otras con la creación de la Base de Datos de Titularidad Real (BDTR), a cargo del Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo del CGN.

En esa base de datos española están identificados de manera acreditada los titulares reales de más de 2.094.000 sociedades limitadas, 126.000 sociedades anónimas y 210.000 personas jurídicas no mercantiles, como asociaciones, fundaciones o partidos políticos.

“Esos datos se comparten ya y son utilizados por otros sujetos pasivos, u otras instituciones que trabajan en la prevención del blanqueo de capitales. Eso sí, hay unos filtros previos para comprobar que la normativa sobre protección de datos (española y de la UE) se respetan, y que quien accede a esos datos va a hacer un uso respetuoso”, asegura Lucini.

A pesar de la velocidad imparable del mundo digital, y de su utilidad, Lucini opina que “no debemos exagerar el optimismo tecnológico” a costa de sacrificar, por ejemplo, el consejo “humano directo y físico irremplazable de, en este caso, los notarios reales”.

“La inteligencia artificial probablemente transforme nuestras vidas en los próximos años, pero creemos que es difícil que determinadas actividades humanas puedan ser sustituidas por la tecnología, especialmente en el campo jurídico . Veo muy difícil que, en algún momento, pueda existir un ‘cibernotario’ que nos sustituya”, afirma.

CUESTIONES “SENSIBLES” EN EL TRATAMIENTO DE DATOS

En opinión de Lucini, por ejemplo en los procesos de creación artística que tienen derivadas jurídicas relativas a la propiedad intelectual, los robots tampoco sustituirán  a los seres humanos, incluidos los notarios.

“Hay procesos que son difícilmente automatizables, por ejemplo el consejo único del notario, la valoración de todas las circunstancias de un caso, personales, familiares, patrimoniales, creo que es difícil que pueda llegar a ser sustituido un notario por una máquina”.

Apunta que “hay otros procedimientos más sencillos, por ejemplo la identificación a través de controles biométricos, que pueden llegar a establecerse con un grado de seguridad bastante razonable”.

“De todas maneras tampoco podemos olvidar las resistencias a la utilización de procedimientos que acumulan datos personales, por ejemplo en casos de datos sobre enfermedades que luego puedan ser susceptibles de copiado y uso para fines diferentes a los pensados originalmente”, subraya.

euractiv.es

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