testamento cerrado.
La figura del testamento cerrado, «doblemente» secreto, es bien conocida desde antiguo. En la actualidad, es inusual en la práctica: lo normal es el testamento abierto ante Notario.

El testamento ológrafo es también otra figura poco usada, frecuentemente un semillero de pleitos («una maldición» -«home made wills are a curse»-; más aquí)

Artículo 707 Cc. En el otorgamiento del testamento cerrado se observarán las solemnidades siguientes:

1.ª El papel que contenga el testamento se pondrá dentro de una cubierta, cerrada y sellada de suerte que no pueda extraerse aquél sin romper ésta.

2.a El testador comparecerá con el testamento cerrado y sellado, o lo cerrará y sellará en el acto, ante el Notario que haya de autorizarlo.

3.a En presencia del Notario, manifestará el testador por sí, o por medio del intérprete previsto en el artículo 684, que el pliego que presenta contiene su testamento, expresando si se halla escrito y firmado por él o si está escrito de mano ajena o por cualquier medio mecánico y firmado al final y en todas sus hojas por él o por otra persona a su cargo.

4.a Sobre la cubierta del testamento extenderá el Notario la correspondiente acta de su otorgamiento, expresando el número y la marca de los sellos con que está cerrado, y dando fe del conocimiento del testador o de haberse identificado su persona en la forma prevenida en los artículos 685 y 686, y de hallarse, a su juicio, el testador con la capacidad legal necesaria para otorgar testamento.

5.a Extendida y leída el acta, la firmará el testador que pueda hacerlo y, en su caso, las personas que deban concurrir, y la autorizará el Notario con su signo y firma.

Si el testador declara que no sabe o no puede firmar, lo hará por él y a su ruego uno de los dos testigos idóneos que en este caso deben concurrir.

6.a También se expresará en el acta esta circunstancia, además del lugar, hora, día, mes y año del otorgamiento.

7.a Concurrirán al acto de otorgamiento dos testigos idóneos, si así lo solicitan el testador o el Notario.

Nos importa en la noticia que sigue no su concreto contenido sino la posibilidad que apunta: un testamento antiguo, aún revocado por otro posterior, podría «en parte« conservar validez. Así, por ejemplo, «el reconocimiento de un hijo no pierde su fuerza legal aunque se revoque el testamento» (art. 741 Cc). De ahí la importancia, no siempre observada en la práctica, de hojear todos los testamentos -no sólo el último- otorgados por el testador. Claro que la suma diligencia tiene un sobrecoste. En cualquier caso, convendrá al Notario ADVERTIR a los herederos -en general a los interesados- tal posibilidad.  

Señalar por último que el testamento cerrado, a diferencia del ológrafo, no aparece -en general- en nuestro Derecho sujeto a plazo de caducidad (cfr. arts. 689, 712 y 713 Cc). Por excepción, el testamento marítimo cerrado (no el militar, art. 716 Cc), sí caduca (pasados cuatro meses, contados -no desde la muerte del testador sino- desde que el testador desembarque en un punto donde pueda testar en la forma ordinaria, art. 730 Cc). Curioso.  

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María Serrano –

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image_content_High_2558026_20150110170123Decía Benjamin Franklin que «tres pueden guardar un secreto si dos de ellos han muerto». En este caso, son seis los posibles conocedores de uno de los mayores misterios del último siglo. Cinco han fallecido, y el sexto se encuentra desaparecido. Aquella persona que quiso guardar sus confidencias en un sobre sellado, lacrado y custodiado ante notario falleció en noviembre, pero su voluntad era que sus más íntimos secretos fueran desvelados después de su muerte. Hoy, casi dos meses después, los secretos de la Duquesa de Alba están a punto de ser revelados. Hace pocos días se conocía la existencia de su «testamento secreto», que la aristócrata depositó ante el notario de la Casa de Alba en 1973, un año después de la muerte de su marido, Luis Martínez de Irujo. Tras enviudar, a la entonces joven Duquesa le preocupaba el futuro de sus hijos, pero no realizó un testamento tradicional, sino un tipo de documento muy singular que, regulado por el Código Civil, sólo puede abrirse tras la muerte de la finada. Según la ley, cualquier testamento posterior anula los previos; sin embargo, según fuentes judiciales, lo más probable es que el contenido del sobre no sea de carácter económico o patrimonial… Sino que desvele algo que la firmante sólo quería que se conociera cuando ella ya no estuviera en este mundo.

El notario al que confió el sobre, Alberto Ballarín Marcial, llevaba varios años jubilado cuando se produjo el óbito, y en la actualidad se encuentra ingresado en el hospital. Su familia sí sabía que era él el custodio, aunque por el simple hecho de ser el depositario no tenía por qué conocer su contenido y, de hecho, lo desconocía. A pesar de su avanzada edad –a día de hoy tiene 90 años–, no olvidó el encargo y alertó a su sucesor, al que antes de la jubilación traspasó todos sus expedientes, el también notario de Madrid Alfonso Madridejos. La víspera de Nochebuena, el notario asió el sobre y se presentó con él en el decanato de los juzgados de la plaza de Castilla. El decano, el magistrado Antonio Viejo, fue informado de inmediato. La secretaria general se puso en contacto con el Juzgado de Primera Instancia 81 de Madrid, situado en la plaza de Los Cubos –frente al palacio de Liria–, donde se encuentre hasta que llegue el momento de abrirse, dentro de unos 15 días.

Nadie del entorno de la Duquesa de Alba, ni sus más íntimos amigos, ni ninguno de sus hijos ni su último marido Alfonso Díez, sabía de la existencia de este sobre, mucho menos de su contenido. Ante la incógnita, LA RAZÓN se ha puesto en contacto con quien ha sido custodio del «testamento secreto» de la Duquesa durante las últimas tres décadas. «Se trata de un documento muy antiguo, que yo tenía como sucesor de Ballarín –un notario de prestigio y amigo íntimo de la Duquesa– y que llevé en persona al juzgado. Sin embargo, aún no me han citado para su apertura. Los testigos deben estar presentes, aunque si han fallecido no habría problema, ya que el notario vive; los familiares, en este caso los hijos, tienen derecho a solicitar su asistencia, y de hecho así lo han expresado», cuenta Madridejos, que confiesa que en todos sus años de experiencia sólo ha abierto dos sobres de este tipo. «Al tratarse de un sobre sellado, lacrado y depositado en secreto, es normal que despierte la curiosidad de muchos. Tiene mucho morbo. Cayetana quiso que fuese cerrado porque se lo aconsejaron, quería que se tratara de algo solemne. Nadie, absolutamente nadie, excepto ella conoce su contenido, aunque este tipo de procedimientos se han usado históricamente para reconocer a hijos ilegítimos…», asegura el notario. «Por mi experiencia, diría que puede tener uno de estos dos fines: por un lado, al acabar de morir su marido, habría querido salvaguardar el bienestar de su progenie. Sin embargo, una vez hecho testamento, ¿por qué no revocarlo? Por otro, y conociendo la personalidad de esta mujer, podría tener un carácter más íntimo. Pero si los interesados no quieren revelar su contenido, lo más probable es que nunca lo sepamos», sentencia Madridejos.

El 7 de enero, los abogados de los hijos de la Duquesa se personaban en el juzgado para conocer cuáles serán los pasos que se darán en los próximos días. En conversación con LA RAZÓN, Cayetano Martínez de Irujo ha confirmado que nadie, absolutamente nadie, sabe lo que contiene el sobre. «Ninguno de nosotros tenía constancia de la existencia de este testamento». El conde de Salvatierra confirmó también el procedimiento que se seguirá a partir de ahora: dentro de dos semanas, se abrirá el documento, que está lacrado, y posteriormente se destruirá. «Fue un testamento que se hizo hace 40 años. Cuatro de los testigos que firmaron delante del antiguo notario de la casa han muerto y hay un quinto que no aparece. De todas formas, no tiene vigencia ninguna, se trata de un documento absolutamente obsoleto y desfasado», comentó el hijo de la Duquesa. Después de éste, Doña Cayetana realizó cinco testamentos más, el último de ellos firmado en 2011, que es el que tiene vigencia hoy. «Aunque ellos quieran destruirlo, no sé si pueden hacerlo. La Ley ordena que se protocolice, es un proceso muy regulado por la de Enjuiciamiento Civil. Lo más probable es que haya que realizar una pericial caligráfica si el último testigo no aparece», contrapone Madridejos. Dentro de 15 días se abrirá este testamento cerrado notarial, y sólo sus hijos sabrán qué sorpresa les ha dejado la Duquesa de Alba, única incluso después de muerta.

 

Carmen Tello: «Ni Alfonso lo sabía»

 

Si hay alguien que conocía las voluntades de la Duquesa de Alba en profundidad, ésa es Carmen Tello. La amiga íntima de Doña Cayetana, que pasó con ella sus últimos años y acabó convirtiéndose en su gran confidente, se mostraba escéptica respecto al contenido del «testamento secreto». En conversación con este diario, la mujer de Curro Romero confirmaba que «nadie sabía nada del sobre» y que la noticia había sido «muy repentina, para todos». Ni siquiera Alfonso Díez, viudo de la Duquesa, conocía su existencia. «Lo más probable es que no se trate de nada importante, porque si no ella nos lo habría contado. Una cosa tan antigua, que escribió hace tantos años… Lo más probable es que ya no tenga validez», explicaba la ex mujer del marqués de Valencina, obviando que el contenido del documento podría no ser de carácter económico o patrimonial. Aunque en el momento del depósito del sobre aún no se habían conocido, Carmen Tello duda que Doña Cayetanale hubiera ocultado un gran secreto durante tantos años. Sobre sus hijos, sin embargo, no se atreve a hablar: «No sé absolutamente nada de ellos. No sé dónde ha quedado la amistad que nos unía, porque desde que su madre murió no he cruzado ni una sola palabra con ninguno de ellos», confesaba, no sin cierta amargura.

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Fuente:  larazon.es
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