El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Consejo General del Notariado contra el Real Decreto que regula el Registro de Titularidades Reales, confirmando así su legalidad y ratificando que dicho registro debe ser gestionado por los registradores de la propiedad y mercantiles.

El conflicto surgió cuando el Notariado impugnó la normativa alegando que el control de las titularidades reales debía permanecer bajo su ámbito, ya que las notarías ya contaban con un sistema propio de recopilación de información sobre los beneficiarios finales de sociedades y otras entidades jurídicas. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha avalado la gestión del registro por parte de los registradores, argumentando que este mecanismo refuerza la transparencia y la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Una de las principales implicaciones de la sentencia es que el Notariado deberá proceder a la eliminación certificada de los datos de titularidad real que había recopilado hasta la fecha. Con esta decisión, se consolida la gestión centralizada del Registro de Titularidades Reales, lo que facilitará a las autoridades competentes el acceso a información crucial para la prevención de delitos financieros y la identificación de los verdaderos beneficiarios de las estructuras societarias.

Este fallo del Tribunal Supremo refuerza la postura del Gobierno y los organismos reguladores en favor de un modelo único y centralizado de titularidades reales, alineado con las directivas europeas sobre prevención del blanqueo de capitales. Además, resuelve un largo enfrentamiento entre notarios y registradores sobre el control de la información mercantil en España.

 

Fuente: https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/10841174/10/20/El-TS-rechaza-el-recurso-del-Notariado-contra-el-Registro-de-Titularidades.html

 

 

 

 

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